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Salud aprueba un testamento vital que sitúa la voluntad del paciente sobre médicos y familiares Imprimir Correo electrónico

Fuente: El comercio digital

Asturias dejará de ser a partir de abril la única comunidad autónoma sin legislación propia acerca del testamento vital. El consejero de Salud, Ramón Quirós, anunció ayer que quienes así lo deseen podrán dejar constancia de su voluntad en un registro de instrucciones previas para especificar qué tratamientos y cuidados médicos no quieren recibir a partir del momento en que queden incapacitados por alguna enfermedad. La declaración contenida en ese documento prevalecerá sobre la voluntad de los familiares, los allegados y el equipo sanitario que se haga cargo de su caso, según establece la normativa básica estatal sobre la materia.

Quirós acompañó a la portavoz del Ejecutivo, Ana Rosa Migoya, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno para explicar los detalles del decreto aprobado ayer, que da luz verde a la creación del registro. El consejero precisó que, además de los detalles sobre las terapias que no desean para prolongar su vida en situaciones irreversibles, los ciudadanos podrán establecer en sus solicitudes la donación de sus órganos y tejidos o su autorización para la cesión de su cadáver para la docencia o la investigación. Además, la normativa autoriza a los pacientes a designar un representante que actúe como interlocutor con el equipo médico cuando estén incapacitados y como encargado de procurar el cumplimiento de sus instrucciones. El nuevo marco legal empezará a funcionar en tres meses, una vez cumplido el plazo para la entrada en vigor del decreto. Hasta entonces, los asturianos deberán recurrir a los registros de otras comunidades o al archivo nacional abierto en febrero del año pasado. Las condiciones de acceso a todos ellos son idénticas que las fijadas en el Principado: ser mayor de edad, capaz y libre. Los impresos estarán normalizados y sus otorgantes tendrán acceso a ellos en cualquier momento para revocarlos, modificarlos o sustituirlos. Salud no aplicará las voluntades contrarias al ordenamientos jurídico ni a lo que en Derecho se denomina 'lex artis', el estado de los conocimientos científicos y técnicos según el estado de la ciencia en cada momento.

El registro tendrá la obligación de facilitar a cada ciudadano que haga uso de él un certificado acreditativo de la existencia de su documento de voluntades previas. El decreto prevé el almacenamiento de los documentos hasta que hayan pasado cinco años desde la muerte del otorgante, pero admite su destrucción una vez superado ese plazo. Además, el Principado comunicará al archivo nacional cada nueva inscripción, de forma que los deseos de los ciudadanos puedan cumplirse en cualquier comunidad autónoma, y facilitará el acceso a sus datos a los facultativos encargados del tratamiento.

Datos personales

Para cumplimentar la inscripción, la Administración solicitará a los ciudadanos información de carácter personal sujetos a la Ley de Datos. Los formularios tendrán casillas para rellenar con el nombre, el domicilio, el teléfono, el sexo, el DNI o pasaporte, el número de la tarjeta sanitaria, la fecha de nacimiento, el sexo, la nacionalidad, las instrucciones propiamente dichas, la fecha, el lugar de la declaración y la firma.

A juicio del ex director provincial del Insalud Sergio Gallego, un experto en legislación sanitaria cuya tesis doctoral se ocupó del testamento vital, lo más destacado de la nueva normativa es la facilidad de acceso. A diferencia de otras disposiciones previas, permite efectuar la declaración de voluntades directamente ante el funcionario encargado del registro. «Es gratuito y elimina la necesidad de un notario», valora. También le gusta la conexión telemática con el resto de las comunidades españolas, que permitirá a médicos de otras regiones -identificados con su firma electrónica- acceder de inmediato a las disposiciones de pacientes asturianos incapacitado en otros lugares de España. «Supone una garantía», señala.
 

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